sábado, diciembre 20, 2008

Regalo de Navidad para los sanpablinos


CORTE SUPERIOR DE LIMA DESESTIMA DEMANDA DE YANACOCHA CONTRA ORDENANZA MUNICIPAL DE SAN PABLO
Yanacocha Demanda a Municipalidades por Proteger sus Aguas
Los hermanos de la provincia de San Pablo, liderados por su alcalde provincial fueron demandados por la empresa Minera Yanacocha ante un juzgado de Lima. Esta es la tercera demanda de acción de amparo que la empresa minera realiza contra municipalidades cajamarquinas. EL 34vo. Juzgado Civil y la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, han resuelto declarar IMPROCEDENTE la demanda de amparo de 464 páginas interpuesta por Yanacocha contra la ordenanza municipal N° 001-2007-MPSP que protege las lagunas de Alto Perú.
Las municipalidades distritales de Baños del Inca y Matara y la municipalidad provincial de San Pablo han sido demandadas en tribunales limeños, aduciendo la empresa minera que su domicilio legal se halla en la ciudad de Lima. En realidad, demandar a pequeñas municipalidades provinciales en la capital es porque allí la empresa minera sabe tiene a los mejores bufetes de abogados del país (muchos de los cuales han intervenido en la elaboración de las leyes), el respaldo político del más alto nivel, el apoyo casi total de la prensa y la defensa de las municipalidades se vería limitada por todo lo que limita el centralismo limeño a los provincianos: falta de recursos, contactos, lejanía que a veces impide información adecuada. La leguleyada de Yanacocha hace que estando sus operaciones, su personal y sus impactos en Cajamarca, esta vez acudan directamente al poder judicial en Lima, así de paso, pocos ciudadanos cajamarquinos se enterarían de los abusos que legalmente la minera pretende consumar.
El fundamento de la demanda de acción de amparo contra la ordenanza municipal de la provincia de San Pablo se hace porque supuestamente ésta atenta contra los derechos constitucionales de Yanacocha como son: “libertad de empresa, libertad de industria, a la propiedad y a la libertad de trabajo”. Tales atentados se habrían producido debido a la Ordenanza Municipal N° 001-2007-MPSP de fecha 16.02.2007 emitida para mejorar la gestión de las aguas del río Yaminchad, proteger las más de 240 lagunas de Alto Perú que abastecen de agua para consumo humano y actividades agropecuarias a toda la cuenca del Jequetepeque.
El enojo de Yanacocha es porque la ordenanza municipal N° 001-2007-MPSP prevé el desarrollo de capacidades en sus pobladores para mejorar la gestión y protección de los recursos hídricos y porque básicamente en los artículos 2 y 3 se declara:
Art 3: Definir como área de conserva municipal a la zona de las lagunas, ubicada en el caserío Alto Perú, distrito de Tumbadén, provincia de San Pablo, comprendida a partir de la cota 3800 msnm; delimitada por la divisoria de agua del cerro Yanatotora, que separa las macientes de la quebrada Yanatotora con las de las propias lagunas, por la divisoria de aguas que separa la cuenca del rio Jequetepeque con la cuenca del rio Llaucano; y por la divisoria de aguas que separa las nacientes de la quebrada Honda, con las nacientes orientales de la microcuenca del Rio Yanahuanga; con un área aproximada de 2960 has;
Art 4: Definir como área de conservación ambiental municipal a la zona de Pozo seco, ubicada en el caserío de Pozo Seco y otros aledañas del distrito de Tumbadén, provincia de San Pablo (…) con un área aproximada 4918.9 has.
Art. 5: (…) las zonas ecológicas se consideran en la categoría de áreas naturales protegidas complementarias para uso de protección y conservación de especies nativas, así como de investigación de las mismas, como alternativa se podrá practicar el pastoreo no intensivo y el turismo; y la construcción de infraestructura para el incremento de la oferta hídrica y cosecha de agua, bajo las restricciones que garanticen las prácticas de protección, conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
El Acuacido Minero
Para Yanacocha es un delito que las municipalidades y los ciudadanos del ande protejan sus aguas. Yanacocha está acostumbrada a que, con EIA de por medio, las lagunas, zonas de páramos, quebradas y ríos de las cabeceras de cuencas cajamarquinas sean destruidas, los permisos para tal acto se los da el INRENA, la institución que según titular del diario El Comercio tiene “peor corrupción que los petroaudios” (08.12.2008). Con el permiso del Ministerio de Energía y Minas, el INRENA y el silencio del Ministerio del Ambiente, Minera Yanacocha está cometiendo un verdadero acuacidio en Cajamarca.
La lista de lagunas drenadas o simplemente destruidas para extraer el oro es grande: San José, Maqui Maqui, Chaquicocha, Yanacocha misma; y en Combayo, en mayo de este año fueron drenadas tres lagunas más: Los Patos, Estacionales y Corazón, mientras la gerencia de relaciones comunitarias de la minera organizaba una caravana artístico musical y campeonatos de fulbito entre las comunidades, y mientras un costoso grupo de expertos japoneses realizaba el estudio de afianzamiento hídrico promovido por la Presidencia del Consejo de Ministros y el BID a raíz del conflicto del año 2006 que costó la vida al campesino Isidro Llanos Chevarría.
¿Bajo qué racionalidad de desarrollo puede promoverse este tipo de actividad industrial que, necesitando aguas para sus operaciones, necesita destruir las fuentes naturales de agua?
Aunque Yanacocha afirma que gasta muy poca agua, el informe de mayo de 2007 del Banco de las Américas señala en su página 7 que: “Entre 1993 y 2004, Yanacocha ha procesado 624,8 millones de toneladas de mineral utilizando 125 millones de metros cúbicos de agua.” Es decir varias veces más que toda la ciudad de Cajamarca en ese mismo periodo.
Definitivamente, si queremos proteger las aguas de Cajamarca, no debe hacerse minería en el Cerro Quilish, en las lagunas de Alto Perú ni en las lagunas de San Cirilo y la ordenanza municipal de Baños del Inca debe ser respetada para que no se destruyan las aguas del balneario turístico más importante del Perú.
Caminos Abiertos:
La empresa minera tiene aún expedita la vía legal para acudir al Tribunal Constitucional, allí podría conseguirse una resolución favorable a la municipalidad provincial de San Pablo y, por tanto, para la protección de las aguas en un momento en que el cambio climático que afectará de modo especial a la disponibilidad de los recursos hídricos del país y a las poblaciones más pobres, o caso contrario, Yanacocha podría obtener el permiso legal para seguir con el acuacidio. En cualquiera de los casos, será la honestidad de autoridades que no se dejen corromper; de líderes y organizaciones ciudadanas del campo y la ciudad las que deberemos seguir defendiendo las aguas, defendiendo la vida, nuestro derecho al desarrollo humano sostenible. Si la actividad minera en Cajamarca quiere seguir operando, deberá respetar los planes de ordenamiento territorial, los fueros municipales, la opinión de las organizaciones de la sociedad civil, y sin duda someterse a una limitación de sus planes de expansión territorial. No olvidemos que Cajamarca tiene el 70% de su población en el campo y es la tercera región productora de lácteos del país. La minería no puede amenazar todo esto sino aprender a convivir bajo reglas de respeto a las comunidades y de racionalidad ecológica, de otro modo solo se pondrá en peligro la justicia y la paz y se acrecentará la conflictividad social. En este contexto, los cajamarquinos celebraremos las fiestas próximas de navidad, necesitamos creer que brillará la luz en medio de las tinieblas, redoblaremos nuestra esperanza en que Dios quiere para nosotros un mundo mejor.
P. Marco Arana Zegarra
Diciembre 2008

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