lunes, enero 15, 2007

Abusos de Minera Yanacocha en el Tribunal Constitucional

Mauro Serrano García, ciudadano con DNI No 19834779, con domicilio real en la avenida los Eucaliptos S/N , Distrito Baños del Inca ,ciudad de Cajamarca , trabajador de Minera Yanacocha, que esta luchando judicialmente para buscar mi reposición en mi centro de trabajo ya que fui despedido arbitrariamente A CAUSA DE UNA ENFERMEDAD ADQUIRIDA EN MI TRABAJO.

Minera Yanacocha me despidió el 26 de setiembre del 2005 y se configura como despido nulo( me despide a causa de una enfermedad) y fraudulento(consiguió el dictamen de ESSALUD a pesar que las leyes lo prohíben de esta forma Minera Yanacocha violo Constitución del Peru, las leyes peruanas y el ARTICULO No 18 DEL PROTOCOLO DE SAN SALVADOR , ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ENM MATERIA DE DE DERECHOS ECONOMICOS Y SOCIALES Y CULTURALES SOBRE PROTECCIÓN DE MINUSVALIDOS .

El resumen de todo mi caso es la siguiente:
1.-Ingrese a trabajar a Minera Yanacocha el 12 de julio del 2001 y por el trabajo inadecuado que realice en Planta de Procesos adquirí una hernia discal(el episodio de inicio de la enfermedad profesional esta registrado por las atenciones medicas que tuve los días 8 y 9 de mayo de 2003, en el Campamento Minero).

2.-Debido que la hernia discal se fue agravando ,yo informe con una carta ala Gerencia de Recursos humanos sobre el origen de la enfermedad y pidiendo ayuda económica para operarme pero mi empresa solo me dio un préstamo económico pero intencionalmente no informo al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo que en este caso tiene contratado con PACIFICO VIDA para que asuma el tratamiento de la enfermedad dado que es una enfermedad profesional (Según las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de riesgo-Ley de la Seguridad Social indican que inmediatamente ocurrido una enfermedad profesional la empresa informara al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo) , pero MINERA YANACOCHA violo esta ley para mas adelante hacer ver como una enfermedad común como lo manifiestan abiertamente su staff de abogados.

3.-Debido a la irresponsabilidad de Minera Yanacocha yo hice las gestiones y me operaron en la Clínica San Pablo –Cono Norte-EPS-PACIFICO(9 de set. 2003) ,perteneciente al Plan de Salud de los Trabajadores de Minera Yanacocha, quedando gracias a dios en perfecto estado de salud y mi medico tratante me indico que podia seguir trabajando en áreas de trabajo donde no impliquen sobre esfuerzos.

4.-Después de la operación me reincorpore a mi trabajo el 26 de octubre del 2003 y debido a las indicaciones de mi medico pedí que me reubicaran, recién me reubicaron en forma temporal el 15 de enero de 2004 hasta agosto del 2004 y después esa fecha me trasladaron a trabajar al área de LIXIVIACION donde incluso el trabajo implica mas esfuerzo físico.

5.-Debido al trabajo que desempeñaba implicaba sobreesfuerzo fisico yo pedía que me cambiaran de área pero mi empresa inhumanamente hizo oídos sordos, mas bien violando las normas deL Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en colaboración del Comité de Evaluacion Medica de Incapacidad –ESSALUD-Cajamarca., que preside la Dra. Ruby Mostacero consiguió que me evaluaran mediáticamente el 5 de agosto 2005 (no me realizo ninguna evaluación física ni mental ,solo evaluó las consultas medicas que realice en las EPS-PACIFICO) pese a mi oposición ya que le manifesté mi desacuerdo a la Dra. Mostacero, le indique que yo no tenia los descansos médicos necesarios, esta evaluación es irregular(según la ley en mencion indica se pasara la evaluación medica con el Comité de Evaluacion Medica de Incapacidad –ESSALUD cuando el trabajador ha tenido descansos médicos superiores a 340 días en un año) y yo tenia solamente en tres años 38 dias de descanso medico, a pesar de esto me evaluaron y emitieron dos dictamenes.

6.-Inmediatamente salio el primer Dictamen No 13 de ESSALUD-Cajamarca( 5 de agosto de 2005, que indica: “ invalidez Parcial Permanente ,y el paciente no puede trabajar en áreas que demanden sobreesfuerzo físico, pero esta en capacidad de realizar cualquier trabajo” )con este dictamen mi empresa me despidió(26 de Set. 2005).

7.- Minera Yanacocha para despedirme indico que tenia detrimento a la capacidad fisica, pese que tenia solamente una invalidez parcial permanente , violando la ley 728 que indica que se despide cuando uno tenga una invalidez total permanente ósea una invalidez total permanente con un menoscabo igual o superior al 50 %.

8.-Antes que saliera este primer dictamen de ESSALUD(No 13 )solicite que se me realizara una evaluación física y mental pero igual solo me realizo una evaluación mediática saliendo el Dictamen No 20 de ESSALUD-Cajamarca(28 de setiembre de 2005) que indica : Invalidez Parcial Permanente ,y el paciente no puede trabajar en areas que demanden sobreesfuerzo físico , pero esta en capacidad de realizar cualquier trabajo además indica que tengo un menoscabo de 30%.

9.-Debido a que nunca se me evaluo solicite a mi medico tratante de Cajamarca, El Medico Cirujano Ortopedico Dr. Nurethim Hernandez ,perteneciente a la Clinica Limatambo-EPS PACIFICO determino que mi enfermedad es de origen profesional (INFORME TRAU-CLMTB-NOV-05 Clínica Limatambo-EPS-PACIFICO del 23 de noviembre del 2005).

10.-Debido ante el despido arbitrario que fui objeto abrí un Proceso de amparo con los dos documentos: DICTAMEN No 20 de ESSALUD(que indica que tengo una invalidez parcial permanente con un menoscabo del 30% e indica que puedo seguir trabajando y el INFORME TRAU-CLMTB-NOV-05 Clínica Limatambo-EPS-PACIFICO del 23 de noviembre del 2005(este informe indica que mi enfermedad es de origen profesional).

11.-Y el Juez de II Juzgado Civil –Cajamarca impartiendo justicia me dio la razón , y mediante una Medida Cautelar ordeno mi reposición a mi centro de trabajo ,el 29 de diciembre del 2005(Minera Yanacocha no me hizo una reposición efectiva solo me dio descanso con goce de haber como hasta el momento, aduciendo que están buscando una área de trabajo ,ya son 9 meses y no consiguen mi puesto de trabajo) .

12.-Minera Yanacocha apelo a esta primera Medida Cautelar a la Segunda Iinstancia y por mayoria lo revocaron declarando improcedente los Vocales de Sala Civil-Cajamarca: Doctores Juan Alban Rivas y Cesar Rodríguez Vergara, incluso adelantaron criterios , indicaron que estos mismos criterios se debe aplicar para la Sentencia Principal, cometiendo , prevaricato, colusión y abuso de autoridad hacia mi persona(17 de abril de 2005).

13.-Posteriormente la Sentencia Principal salio fundada a mi favor (26 mayo del 2006) por lo que solicite una Segunda Medida Cautelar que ordeno por segunda vez mi reposición (20 de junio de 2006)

14.-Ante los irregulares evaluaciones del Comité de Evaluacion Medica de Incapacidad –ESSALUD-Cajamarca, yo cuestione a la Gerencia Central de la oficina de Control Institucional de ESSALUD –LIMA, por lo que la Gerencia Tecnica (Gerencia de Prestaciones Sociales y Economicas) mediante la carta : CARTA No 1183 –GPSE-GDP-ESSSALUD-2006 del 5 de julio del 2006 determinaron : “. Por lo tanto los Dictámenes expedidos por la Comisión Medica no tienen validez para las prestaciones económicos que correspondan , ni tampoco para reconversión laboral, y menos para determinar cese laboral “

15.-Existen varios trabajadores enfermos de la columna por temor a ser despedidos no lo comunican porque esta empresa abusiva despide sin temor porque el poder judicial de Cajamarca : algunos Jueces y principalmente los vocales de sala Civil(Juan Alban Rivas , Cesar Rodríguez, ) sean parcializado con Minera Yanacocha , porque todos los procesos judiciales que abrieron los trabajadores , en la Primera Instancia en el Juzgado Civil consiguen que se haga justicia por lo que mediante una medida cautelar consiguen que lo repongan a sus trabajos , pero cuando sus procesos de amparo pasan a la segunda instancia los vocales de la Sala Civil los revocan.

16.-Ante la irregular accionar de los vocales de Sala Civil de Cajamarca que indicaron que estos mismos criterios se debe aplicar para la Sentencia Principal, cometiendo , prevaricato, colusión y abuso de autoridad hacia mi persona yo hice las siguientes denuncias:

- ODICMA-CAJAMARCA (3 DE JULIO 2006), OCMA-LIMA(3 DE JULIO 2006) esta denuncia Los Doctores de la OCMA ,Dr Tavara, Dr Castañeda Serrano lo ha declarado improcedente por caducidad, fuera de tiempo a pesar esta en su debido tiempo como vera se nota el poder corruptor de MINERA YANACOCHA, al Decano Superior de la Fiscalia de Cajamarca (31 de julio 2006) ellos indicaron que no era su competencia e indicaron que era competencia del Fiscal Supremo de Control y la Fiscal de la Nación ,Dra. Adelaida Bolívar Arteaga(31 de julio 2006) ella lo derivo a la Fiscalia Supremo de Control Interno actualmente en proceso de investigación hace un mes.

- Además pedí INHIBICION a los VOCALES, Dr. Juan Alban Rivas , Cesar Rodríguez y Fernanda Bazan Sánchez (3 Y 12 DE JULIO del 2006) pero ellos no han aceptado lo han declarado improcedente y no quieren alejarse de mi caso, ante estos abusos presente la apelación que igualmente lo denegaron y ante esto presente la QUEJA DE DERECHO POR NEGATIVA DE APELACION (Queja No 20 -2006) y fue elevada el 6 de setiembre de 2006 a la SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA con Oficio No 1155 -2006-CSJCAPJ de la SALA ESPECIALIZADA CIVIL de la Corte Superior de Cajamarca , desde el 13 de setiembre 2006 esta en la Sala Permanente de derecho constitucional y social de la corte suprema de justicia de la republica con la No de queja 2109-2006 , TAMBIEN LO HAN DECLARADO IMPROCEDENTE.

16.-A pesar de no resolver la Queja de Derecho la Sala Civil de la Corte Superior de Cajamarca ordeno VISTA DE CAUSA el dia 9 de agosto del 2005 a las 10.a.m y la transgresión legal que cometieron fue ,el dia 13 de setiembre 2006 emitieron Sentencia Principal en la Segunda instancia donde lo REFORMARON y lo declararon IMPROCEDENTE, ORDENANDOSE , a pesar que las leyes procesales indican que los jueces no podran emitir opiniones de fondo , o sea emitir sentencia , estos vocales corruptos emitieron sentencia terminando el proceso antes de resolver la queja de derecho.

17.- Estos vocales en en la sentencia indican la remision del expediente al juzgado de origen para que se proceda por ser un asunto contravertido materia del regimen laboral privado , sean los jueces laborales los que deban adaptar tales demandas , mi proceso de amparo en ningun momento es contravertido yo abri un proceso de amparo con dos documentos : EL dictamen de ESSALUD CAJAMARCA que indica que solamente tengo Invalidez Parcial permanente con un menoscabo del 30 % e indica que puedo seguir laborando y un Informe de la Clinica Limatambo-EPS-PACIFICO que indica que mi enfermedad es de origen profesional y por ley a una persona no lo pueden despedir a un trabajador si tiene una invalidez menor que el 50%(Ley No728)además las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de riesgo indican que no se podra prescindir de los servicios del trabajador cuando este sufre una enfermedad de origen ocupacional.

18.-Actualmente mi caso esta en el Tribunal Constitucional con el EXPEDIENTE No 10422-2006-AA ESTE 16 DE ENERO 2007 VOY ATENER VISTA DE CAUSA A LAS 9 :30 A.M , TAMBIEN VOY HACER INFORME DE HECHOS, me gustaria que esten presentes para que escuchen el abuso de esta transnacional americana, quiero que este la prensa para que sea transparente micaso porque MINERA YANACOCHA hacer lo imposible para influir en los VOCALES para que salge IMPROCDENTE por su poder corruptor.


ATENTAMENTE
Cajamarca 13 de ENERO del 2007

Mauro Serrano García
DNI-19834779
CEL:0769971735

viernes, enero 05, 2007

Cajamarca: !Asesinos andan sueltos!



Cajamarca, 5 de enero 2007.

Señor
Dr. José Eduardo Luna Ugarte
DEFENSOR DEL PUEBLO-CAJAMARCA
CIUDAD.

Reciba nuestro saludo. El motivo de la presente es para informar a su
despacho lo siguiente:

1º El pasado miércoles 1º de noviembre del año 2006, Esmundo Becerra
Cotrina, Presidente del Comité del Agua Potable, integrante de las
Rondas Campesinas de Yanacanchilla (distrito La Encañada), fue
asesinado de 17 disparos de bala calibre 9mm. Anteriormente ya había
sido amenazado en tres oportunidades por individuos vinculados a un
service de Yanacocha, las amenazas eran por el solo hecho de que
Esmundo integraba el Comité de Defensa del Medio Ambiente y participó
en numerosas marchas frente a los abusos de Minera Yanacocha que opera
en el proyecto "El Solitario" (San Cirilo- Yanacanchilla)

2º Manifestamos a Ud. nuestra extrañeza que hasta la fecha ninguno de
los dos asesinos hayan sido detenidos, ambos personajes ya
identificados siguen transitando libremente por la zona (Yanacanchilla
Baja, Pingullo, Yanacancha), intimidando a la población y amenazando a
los familiares. Este hecho ha sido informado al Coronel de la Policía
Nacional, Sr. Alfonso Chavarri Estrada.

3º El día de ayer jueves 4 de los corrientes, el Coronel en mención
nos manifestó:
"Únanse los familiares y captúrenlo con el apoyo de las rondas
campesinas, yo no tengo el personal especializado para la captura.
Pidan apoyo al congresista Cabrera para que pida a la Ministra para
que envíe personal de Lima".

Demostramos nuestra extrañeza pues cuando hay protestas frente a los
abusos de Yanacocha, inmediatamente se envían de Lima 200 ó 300
policías, asimismo, las gestiones para el envío de unidades
especializadas le corresponde hacerlo a la Policía Nacional y no a
los ciudadanos afectados.

La población está cansada de constatar como pobladores del área
rural son abandonados por las autoridades cada vez que exigen respeto
a sus derechos, esperamos que esta vez se haga justicia.

Atentamente


JOBITA BECERRA COTRINA MARCO BECERRA
COTRINA
DNI 27563955
DNI 26617579
(hermana del occiso)
(hermano del occiso)


IVÁN SALAS RODRÍGUEZ
DNI 26604265. Asesor del congresista Werner Cabrera Campos.Vicepresidente del Frente de Defensa.

Un caso "ejemplar" de corrupción

(En el contexto creado por la Mina Yanacocha -propiedad Newmont Mining Corporation, Denver, Colorado, EEUU- en Cajamarca – Perú)

Escribe Reinhard Seifert

El Inicio

El día 26 de Marzo de 1999, quien suscribe, ingeniero Reinhard Seifert, por entonces Presidente del Patronato Cultural de Cajamarca, denunció por primera vez públicamente la contaminación del agua potable de la zona. Fue durante una sesión del Concejo Municipal Provincial, en presencia del alcalde provincial Jorge Hoyos Rubio y otras autoridades edilicias y políticas, y en un acto que contó con la asistencia de muchos ciudadanos.
En la sala se observó largas caras de desconcierto y desaliento. Algunas personas no sabían como reaccionar ante el destape. De otros, se apoderó la desazón.
La denuncia, sin embargo, motivó la acción judicial de la abogada Esperanza León Deza de Malca (en ese momento Fiscal Superior, encargado de la gestión) , quien de oficio lanzó una investigación fiscal del caso.
De inmediato no pasó nada, pero dos meses después, la empresa Minera Yanacocha,[1] en una sumilla fechada el 7 de mayo de 1999 y dirigida a la misma Fiscal Superior, manifestó su extrañeza (sic) de que el abogado Julio Cabrejo Delgado y la abogada María Fernández Sivory hubieran solicitado un permiso para poder ingresar al área de las operaciones mineras con el fin de tomar muestras de agua. El documento también mencionaba un artículo periodístico del suscrito, que ilustraba la contaminación de las aguas y que según los funcionarios de la empresa había motivado la investigación fiscal.[2] De hecho, el tono y el tenor de la carta eran amenazadores (una copia de la misma fue enviada a Blanca Nélida Colán, ex fiscal de la Nación, hoy presa por actos de corrupción y persona de absoluta confianza de Vladimiro Montesinos) y claramente dejaban traslucir la intención de Yanacocha de influir o al menos presionar a las autoridades locales para que el resultado de la investigación no le fuese desfavorable.

La Presión

Para Yanacocha, una inteligente manera de promocionar fructíferas relaciones humanas son las “visitas guiadas” a la mina. Del 14 al 18 de Junio de 1999, miembros de la Fiscalía Suprema del Control Interno del Ministerio Público de Lima (entre ellos, su jefe, doctor Dante Augusto Oré Blas), visitaron las áreas de explotación en compañía de los fiscales de la ciudad.[3] Así fue el enganche para uno de ellos, como veremos.
El 5 de Octubre de 1999, finalmente se instruyó la investigación sobre la contaminación de las aguas, quedando la tarea a cargo del abogado y fiscal Julio Cabrejo Delgado.[4]
Globalmente, se actuó demasiado rápido - técnicamente hablando -, en forma demasiado apresurada, como quien quiere zafarse de un bulto pesado, aún cuando se trataba de un asunto grave, de investigar seriamente para hallar pruebas en relación a una probable contaminación de las aguas. En todo caso, lo menos que puede decirse es que se necesitaba más tiempo para profundizar la investigación. Un tiempo prudencial se imponía para estudiar el largo proceso de lixiviación a tajo abierto (un proceso que utiliza ingentes cantidades de cianuro tóxico para extraer el oro y que, adicionalmente, usa mucha agua no reciclada, que simultáneamente reduce la cantidad del agua) y para poder establecer con exactitud científica que la mal llamada “tecnología limpia” en la práctica no existía. Pese a esto, en aquel tiempo ya se contaba con algunas pruebas. Me refiero a pruebas de contaminación sobre los límites máximos permisibles (LMP).
El día 14 de enero del 2000 la presión ejercida surtió su deseado efecto y el Fiscal ya mencionado archivó definitivamente el caso. Éste apenas había realizado cinco tomas de muestras de agua que habían sido enviadas a Lima y “analizadas” allá, en laboratorios de dudosa reputación (SGS, ECO y CARE). En la actualidad y según la historia vivida, sufrida y todavía no escrita en Cajamarca, hay muchas sombras sobre la veracidad de los resultados finales de esos análisis de las muestras de agua, “finiquitados” por estos laboratorios, algunos controlados por las empresas mineras. La fracasada participación fiscalizadora de quien suscribe - como partícipe activo y crítico entre otros actores - desde 1999 hasta 2001, en la Comisión Técnica Científica del Análisis del Agua - Concejo Provincial de Cajamarca, así lo confirmó. Era difícil ponerse de acuerdo sobre cuáles valores y límites concordaban con las exigencias internacionales. Y era casi seguro que los resultados finales nunca arrojaban niveles por encima de estos límites, por lo que aquí cabría precisar que los metales pesados lamentablemente descansan por miles y miles de años en la naturaleza, que no son biodegradables, que no desaparecen solos y que, por antonomasia, son nocivos para la salud pública. Este hecho inherente al concepto de la contaminación entraba en abierta contradicción con las mineras que propalaron por los cuatro vientos que su tecnología no contaminaba o era inocua. Todavía en Cajamarca no se ha logrado que el concepto científico aceptado mundialmente, que se basa en la razón, parta de las pruebas instrumentales presentadas para que sean utilizadas y difundidas por los órganos competentes y para poder conseguir mayores inversiones en el cuidado intensivo del medio ambiente.

Los Favores

Con fecha 24 de Enero del 2000, Marcos Valdez Cadenillas de la empresa Minera Yanacocha, que en ese momento era responsable de la oficina de relaciones públicas, es el primero en recibir - hecho curioso - la notificación de la resolución fiscal. Él no tenía porqué recibirla, dado que no se había especificado en la denuncia inicial al responsable de la contaminación de las aguas. Estaba claro que el Fiscal ya quería congraciarse con la minera y mantenerla informada. Recién en el año 2001 (en el mes de mayo o junio), gracias a la gestión y sutil presión de la Defensoría del Pueblo de Cajamarca, quien suscribe pudo recibir en definitiva, pero no de manera oficial, una copia de dicha resolución, que, hasta el día de hoy nunca le fue notificado oficialmente.[5] Paralelamente, la prensa rabona de Yanacocha se dedicó a celebrar con mucha algarabía la supuesta "No contaminación".
¿Por qué Yanacocha tenía que recibir inicialmente y de manera exclusiva la resolución fiscal final? Allí estaba el quid del asunto. Allí se tenía una clara respuesta a la cuestión de la red de influencia que la mina ya había tejido sigilosamente y a propósito en Cajamarca. Cuando se indagó con más profundidad sobre esta situación - a todas luces irregular - resultó que de pronto Sandy Cabrejo Villanueva, la hija del Fiscal, nada menos, apareció laborando tranquilamente en la misma oficina de Marcos Valdez, con el cargo de "asistente de imagen institucional".[6]
Después, cuando se examinó y profundizó aún más en este hecho doloso, una fuente confidencial afirmó que el abogado y fiscal Julio Cabrejo Delgado había negociado el trabajo bien numerado de su hija a cambio del archivamiento definitivo del caso de la contaminación de las aguas. A buen entendedor pocas palabras.
Lamentablemente, esta larga y accidentada historia de favores mutuos (cuando alguien, de preferencia una autoridad política, le estira la mano, Yanacocha responde o exige: “Yo te ayudo pero no me muerdas la mano”), esta cadena de tráfico de influencias, de falta de transparencia y de “relaciones amicales” entre la empresa transnacional Newmont Mining Corporation y el Poder Judicial de Cajamarca, no termina aquí, para mala suerte de nuestro pueblo. Hoy se sabe que algunos favores se cobran a posteriori y se cancelan entre "caballeros", al mejor estilo Montesinos.
Después de largos años aparentemente silenciosos, para algunos, Julio Cabrejo Delgado salió finalmente de su anonimato bien pensado para cobrar esos favores, hasta la fecha escondidos al ojo público. Lo hizo en el Banco Wiese de Cajamarca, y, por supuesto, como lo veremos más adelante, con un cheque de gerencia muy bien camuflado. De pronto esto va a ser materia de otro juicio penal
Véase el caso de Choropampa (actualmente en su fase final). En EEUU, una vez denunciada y probada la contaminación de las aguas, costaría a la Newmont Mining Corporation millones y millones de dólares en compensaciones. En esta lógica, a la transnacional, la compra de una frágil conciencia cajamarquina le resultaba mucho más barata.

El Negocio

Con fecha 15 de Marzo del 2004 en la notaria pública del Dr. Julio Cabanillas Becerra en la ciudad de Cajamarca, se asentaba una escritura pública (páginas 6168 - 71) de compra - venta de un terreno rústico, que otorgaban Artidoro Bustamante Guevara, identificado con DNI No. 18098278, casado, ingeniero industrial; su esposa, María Nelly Cabrejo Delgado de Bustamante, con DNI No. 18098254, casada, asistente social; Julio César Cabrejo Delgado, identificado con DNI No. 17400040, casado, abogado; y su esposa, Rosa María Villanueva de Cabrejo, identificada con DNI No. 17400041, casada, de ocupación quehaceres de su casa, y con domicilio común en el Jirón Los Cedros 160, Urb. Santa Rosa - Cajamarca, en calidad de vendedores. Por la otra parte, en calidad de comprador, suscribía también el documento el señor Brant Elmer Hinze, gerente general de la Empresa Minera Yanacocha, de nacionalidad estadounidense, casado, con pasaporte No. 701195512 y con domicilio en el Jirón Amazonas No. 725, Cajamarca, en representación de la citada empresa.
Según consta en esta acta notarial, los vendedores percibieron dos cheques de gerencia por la suma total de $ 637.650 (seiscientos treinta y siete mil seiscientos cincuenta dólares americanos) por la venta de la parcela No. 21127, predio Los Negritos, ubicado en el caserío Las Lagunas - San Cirilo, en el distrito de La Encañada, Provincia de Cajamarca. Esta parcela estaba inscrita en la ficha 1623 del registro de la propiedad inmueble de los registros públicos de Cajamarca.[7]
Obviamente, una pregunta crucial salta a la vista de cualquiera. ¿Cómo fue posible que un ex fiscal, en 2004, mal pagado como todos, con poca capacidad de ahorro, pudiera adquirir un terreno rústico? ¿Cómo lo había conseguido? Una primera respuesta podría haber sido que lo heredó o que algún potentado se le regaló. Lamentablemente para él no fue así. La turbia historia que se narra a continuación, comprobada de manera fehaciente, torna aún más negro este relato.
El 8 de Marzo de 1999, el campesino Óscar Vásquez Benavides vendió a Julio Cabrejo Delgado (quien todavía se encontraba en plena actividad “judicial”) su fundo, con una extensión total de 354.25 hectáreas, por el precio irrisorio de S/. 65.000 (sesentaicinco mil nuevos soles), o sea el equivalente a aproximadamente $ 52/ha.[8] ¿Cuál fue la necesidad del campesino de venderle su fundo? Misterio.
Yanacocha, en 1999, había ya bien penetrado en Cajamarca - sobre todo en las zonas aledañas a sus operaciones – y era ya conocida como una empresa minera de alta rentabilidad económica, merced a la venta siempre pujante de los millones de onzas de oro que sacaba de las montañas. Vale agregar que al inicio de las explotaciones, en 1992, se pagaba precios sumamente bajos por tierras muchas veces expropiadas a los campesinos mal informados y engañados. Es entonces absolutamente increíble, nada plausible, que en 1999 una persona en la cabalidad de su entendimiento y de sus decisiones no tuviera acceso a una información más exacta sobre los precios reales de la tierra, sobre el valor de una hectárea en esa futura zona de expansión minera.
Dicho de otro modo: ¿Por qué Óscar Vásquez Benavides no le vendió directamente sus parcelas a la mina? ¿Qué factor determinante impidió tal decisión? ¿Qué relaciones familiares u otras, si esto hubiera sido el caso, habrían atado en forma ineludible a los dos protagonistas? ¿Era convincente, que un campesino pobre y siempre necesitado, y sólo por ser “buena gente”, vendiera su chacra a un fiscal provisional? Era algo incomprensible. Históricamente, en el Perú. la relación campesino - Poder Judicial es tirante, para no decir conflictiva, dado que, y esto cruza la historia republicana, los hombres del campo muchas veces fueron víctimas de la rampante corrupción judicial. Por ello, algo nada claro tenía que haber pasado para que tan fácilmente un campesino reacio venda su fundo. ¿Cuál fue, entonces, la razón de fondo?
Desde luego, hubiera sido raro confirmar que el acuerdo surgió de una decisión civilizada y desinteresada. En algún momento, en 1998, Óscar Vásquez Benavides fue denunciado ante el Ministerio Público de Cajamarca por la violación sexual de una menor de edad. A cargo de la investigación estuvo justamente Julio Cabrejo Delgado.[9] Éste, al enterarse de que el denunciado tenía una cierta fortuna en tierras (es probable ello sucediera durante la investigación fiscal), de que poseía muchos terrenos valiosos en la futura zona de expansión de la minera, tramó un ardid. Al parecer, Julio Cabrejo Delgado lo chantajeó y “hábilmente” logró que a cambio del archivamiento definitivo del caso, Óscar Vásquez Benavides accediera tristemente a la venta de su predio rústico[10].
En la siguiente, está claro, es de suponer que un funcionario público en actividad y con una transacción ilegal en las manos, no quisiera levantar muchas olas. De todas maneras, este tipo de acción lindaba con el delito de inconducta funcional.
La exigencia de una discreción absoluta y, a la vez, la necesidad de pensar seriamente, más adelante, en una venta a Yanacocha, permitió el surgimiento de un nuevo personaje: Guillermo Arenaza Morales. Con él, Julio Cabrejo Delgado celebró los contratos iniciales para la venta de dicho predio. Pero frente al escenario de los suculentos negocios que se perfilaban ante el profesional angurriento pronto estuvo claro que se necesitaba un nuevo contrato, condicionado, que le permitiera cumplir sus planes. Así es como se firma y se celebra un último Poder Especial[11], irrevocable, que otorgaba potestad a Guillermo Arenaza Morales para que, exactamente hasta el día 5 de marzo de 2004, realizara la venta, a favor de la mina,[12] del terreno fraudulentamente adquirido. Se sospecha que Julio Cabrejo Delgado, con este último poder otorgado, simplemente quería deshacerse de Guillermo Arenaza Morales sin pagarle los beneficios acordados.

La Traición

Diversas son las reacciones que provoca la codicia del dinero fácil y en abundancia. Una plata amasada en base a la especulación o el fraude deja - a veces - mal paradas a ciertas figuras que habían entablado una relación de confianza.
Como ya se mencionó, la venta se consumó el día 15 de Marzo y, limpiamente, sin ninguna participación directa de Guillermo Arenaza Morales. ¿Qué había pasado? Rota la amistad y rota la relación personal interesada, Julio Cabrejo Delgado, abruptamente pasó a acusar de necio e incapaz a su ex socio, casualmente en la misma fecha del vencimiento del poder notarial.[13]
El ex comisionado se sintió traicionado por Julio Cabrejo Delgado y con fecha 20 de mayo de 2004 le interpuso una denuncia penal por los delitos de corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad, colusión, concusión y aprovechamiento indebido de su cargo, cohecho propio, negociación incompatible con el cargo, apropiación ilícita, estafa, contra la fe pública y posible lavado de dinero. [14] Como es sabido, en la actualidad este caso penal se está ventilando en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. En este proceso Guillermo Arenaza Morales alega que debido al contrato y el poder que a ambos personajes les unía, le habría correspondido la suma de $ 283 400 (doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos dólares americanos) y no los $ 40 500 (cuarenta mil quinientos dólares americanos) que - según consta en los documentos - le pagaron por su trabajo de apoderado. En este convenio se había establecido que lo máximo que podía recibir Julio Cabrejo Delgado sería del orden de $1000/ha (mil dólares americanos/hectárea) y que cualquier precio superior pactado y vendido a la empresa minera se entregaría al intermediario. Desde luego y, como figura en el documento oficial, en la venta total del terreno se alcanzó un valor de $ 1800/ha (mil ochocientos dólares americanos/hectárea).
Volviendo a la mayor víctima de este caso, esta suma es 3461 % superior al precio inicial pagado por el ex fiscal al campesino propietario, un aumento verdaderamente astronómico en apenas 5 años.

La Conclusión

Julio Cabrejo Delgado con esta transacción comercial fabulosa - no cabe la menor duda - ha hecho el negocio de su vida. Es difícil agenciarse fortuna así en tan poco tiempo y con un trabajo profesional serio y honesto. Esta es una muestra más de la “vocación patrimonialista”[15] que está estampando con su sello indeleble casi todas las instituciones públicas de Cajamarca, principalmente aquellas que tienen que ver con la toma de decisiones que podrían afectar a los intereses mineros. Como ya se dijo anteriormente, algunos son virtuosos en marcar caminos, empedrándolos sin fin de malas actitudes. Otros están de rodillas sin rubor y sin dignidad. En todo caso, bien se puede hablar de que hay una desbordante energía criminal que es sumamente perjudicial para la enclenque institucionalidad democrática. Los gérmenes de la podredumbre y la destrucción brotan por doquier. Y todo esto con la aceptación tácita de la empresa Minera Yanacocha. El caso del ex fiscal puede ser visto, muy de veras, como emblemático, como un "buen" ejemplo de la dominación atmosférica y global que pretende ejercer la mina para defender sus intereses económicos y salir siempre absolutamente impune, en particular en la esfera jurídica de Cajamarca.
Hoy en día este personaje pérfido se desempeña “gloriosamente” en el Gobierno Regional aprista que preside Felipe Pita, en el cargo de asesor de la procuraduría y en el de asesor jurídico (sic) de los 13 consejeros regionales que exhibe el departamento de Cajamarca. Así, vanamente se busca una justicia “ejemplar” en el país.

Comentario Final

Para mayores detalles sobre el mal accionar de Newmont Mining Corporation en Cajamarca ver el artículo de Reinhard Seifert, publicado en la prestigiosa revista limeña Que Hacer No. 155, Julio/Agosto 2005 y titulado: Yanacocha y los conflictos sociales en Cajamarca. También puede consultar el libro: Yanacocha ¿el sueño dorado?, de Reinhard Seifert, 2003, 206 p., Tomo I.
En Octubre del 2005 en el diario norteamericano New York Times fueron divulgados varios artículos sobre Yanacocha. Paralelamente a estos reportajes existe un documental fílmico, ya exhibido en las salas de cine y en la TV norteamericana, de aproximadamente 30 minutos de duración y citado: La maldición del oro Inca. Éste fue producido por la estación televisiva FRONTLINE - EEUU, donde actúa de testigo presencial Larry Kurlander, el ex No. 3 de Newmont Mining Corporation. Allí él menciona también una auditoría interna aplicada en Abril 2001 a las operaciones mineras de Newmont en Yanacocha, denunciando a la vez - entre otras cosas - la falta del cumplimiento de los estándares internacionales en el cuidado responsable del medio ambiente.
Muy pronto se publicará el documento: Contaminación de las aguas y otros casos - provocado por la empresa transnacional Newmont Mining Corporation (Yanacocha) - Cajamarca/Perú desde 1994 hasta la fecha.

Cajamarca, 20 de Noviembre del 2006

Autor: Ing. Reinhard Seifert
Presidente del Frente Único en Defensa de la Vida, del Medio Ambiente y de los Intereses de Cajamarca
C. E. 278095
Jirón del Comercio 464 - Cajamarca - Perú
Correo electrónico: reinhardseifert@gmx.net
Teléfono: 076 - 342403


[1] Firmada por Carlos Santa Cruz, Gerente General y Peter Orams Cassinelli, Superintendente del Medio Ambiente
[2] Carta Minera Yanacocha, 7 de Mayo de 1999
[3] Yanacocha ¿el sueño dorado? Reinhard Seifert, 2003, p.136
[4] Oficio No 448 - 99 - MP - 1FPP - , 5 de Octubre de 1999
[5] Resolución Fiscal No.003 - 2000,14 de Enero del 2000, Julio Cabrejo Delgado
[6] Carta Minera Yanacocha, 3 de Octubre 2002
[7] Escritura Pública 15 de Marzo 2004, Notaría Pública Julio Cabanillas Becerra - Cajamarca
[8] Ficha Registral 1623 SUNARP - 16/03/04 - Copia Literal
[9] Denuncia Penal, Fuente : Un abogado de Cajamarca y Guillermo Arenaza Morales con
DNI No.09542922, Av. La Paz No. 333 - Cajamarca
[10] Archivamiento Causa Penal Resolución Fiscal, Julio Cabrejo Delgado
[11] Anteriormente habían venido renovándole el poder en forma sucesiva
[12] Primer Testimonio Escritura Pública, Notaria Miguel Ledesma Hinostroza, 4 de Febrero del 2004
[13] Carta Notarial 5 de Marzo del 2004, JCD
[14] Denuncia Penal Ministerio Público, 20 de Mayo del 2004
[15] Término acuñado en :Los primeros cien días de García, Sinesio López, Nov.2006, p.6