lunes, agosto 27, 2012

Conga no fue


Hace algunos meses comparé la decisión de Toledo de dar marcha atrás en la privatización de las eléctricas del sur una vez que midió los alcances del “arequipazo” y comprendió que no había forma de ganar esa batalla, con la terquedad de Ollanta de insistir a través de sucesivos gabinetes de imponer el proyecto Conga contra la que cada vez era una cada vez más evidente mayoría regional. La designación de Valdés como primer ministro y su permanencia en el cargo hasta julio respondía únicamente al tema Conga y a la ilusión de que el premier de la nariz de pataclaun podía llevar en derrota a las autoridades rebeldes de Cajamarca a sentarse en una mesa de diálogo.

Pero al propio Jiménez Mayor que quería expresar una opción por el entendimiento y la “descongalización” de la agenda política, lo forzaron a mantener un estado de emergencia que ya no servía ni siquiera como gesto de autoridad del poder central, y que encendió nuevamente el escenario. Si se hiciera la suma de errores del gobierno desde el inolvidable “Conga va” de noviembre, se podría concluir que se dieron todos los pasos que dirigían hasta el aplastante de reunir en contra del proyecto que convocó peritos y discursos presidenciales cargados de reformas a la versión original, al 78% de la población cajamarquina y al 83% de sus habitantes del área rural.

¿Cómo se pudo fallar tanto? Tiene que ver con la inexperiencia, la soberbia y la mala asesoría política, pero si se ve bien, este fiasco es indisociable de la conflictiva relación Yanacocha-Cajamarca que se arrastra por veinte años. En buena cuenta el gobierno de Humala se compró el problema de una empresa peleada con su región, que había cubierto sus incumplimientos, trampas y abusos con manipuleos en base a la fuerza del dinero que disponía. El punto es crítico porque en la campaña el actual presidente percibió el grado de rechazo que la empresa estadunidense de la que son socios los Benavides, suscitaba en la población.

Gregorio Santos no habría podido decir tantos no y jugar contra la navaja tanto tiempo y cerrar once meses de lucha con las cifras de rechazo al proyecto Conga que presenta IPSOS Apoyo, sino fuera por los pasivos acumulados por la empresa que destruyó la laguna negra e hizo un yermo de una amplia zona de la campiña cajamarquina, que contaminó de mercurio a Choropampa y se negó a reconocerlo, y que chocó contra el pueblo y sus creencias por el asunto del cerro Quilish. Cuando Rosa María Palacios se pregunta por qué otros proyectos parecidos a Conga que están en una zona muy cercano han desatado las mismas resistencias que el ahora suspendido a largo plazo, la respuesta es más que evidente: nadie tiene la experiencia negativa del consorcio Newmont-Buenaventura.

Hoy, en Cajamarca, los defensores de Conga, como Luis Guerrero, Absalón Vásquez, Cecilia Chacón y otros, son vistos como asalariados de la minera. Es la imagen que Yanacocha ha construido de sus relaciones con la gente. Es lo que se quiso hacer con las comunidades aledañas, que se mostraban como entusiastas del proyecto. Pero la abrumadora mayoría de las provincias implicadas y el departamento se han impuesto. Es una buena noticia, qué duda cabe.   

25.08.12

Cómo enfrentar las detenciones arbitrarias


Cómo enfrentar las detenciones arbitrarias de activistas de derechos humanos desde el Estado de Derecho?

 Juan Carlos Ruiz Molleda
La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca acaba de expedir una importante sentencia, en el proceso de habeas corpus presentado por Mirtha Vásquez (GRUFIDES) y Rocío Silva (Coordinadora Nacional de Derechos Humanos) contra la detención arbitraria y desproporcionada de Marco Arana por efectivos policiales en Cajamarca. El mencionado tribunal no solo confirmó la sentencia de primera instancia que declaro fundada la demanda, sino que declaró que la detención de Marco Arana fue ilegal y arbitraria. Asimismo instruye a la Policía y al Ministerio Público para que no vuelva a incurrir en los mismos hechos y, de igual manera, corre traslado al fiscal para que investigue la posible comisión de ilícitos penales, bajo apercibimiento de aplicar el artículo 22 del Código Procesal Constitucional, que establece multas y destitución del funcionario público que incumple una sentencia constitucional. A continuación los aspectos en nuestra opinión más importantes:
1.- No estaba en vigencia el Estado de Emergencia al momento de la detención de Marco Arana. La sentencia reconoce que el día 4 de julio en que detienen a Marco Arana no estaba vigente el Estado de Emergencia, cuestionando al Gobierno que haya publicado el mismo día de la detención de Marco Arana, la norma que lo establece, pero en una separata especial con fecha anterior, del 3 de julio. Según la Sala de Cajamarca, “resulta válido afirmar que el día 4 de julio del 2012, en la provincia de Cajamarca, no se encontraba vigente el estado de emergencia declarado por el Gobierno” (f.j. 21). Esta conclusión es importante, pues en consecuencia no se le puede limitar el derecho a la libertad de reunión y el derecho a la libertad y a la seguridad personal.
  2.- La detención de Marco Arana se realizó sin existir una situación de flagrancia ni orden judicial. Luego de revisar el video que fue propalado por los medios de comunicación, la Sala concluye que “no se aprecia al beneficiario realizando algún acto prohibido ni desobedeciendo o resistiéndose a la autoridad […] el colegiado puede concluir que la detención de ciudadano Marco Antonio Arana Zegarra por parte de los efectivos policiales el día 4 de julio del 2012, se realizó sin que exista flagrancia delictiva” (f.j. 24). Asimismo, “no existe evidencia alguna en los actuados del presente proceso que permita afirmar válidamente que la detención […] se haya generado en cumplimiento de un mandamiento escrito y motivado de un juez” (f.j. 25).
3.- En el supuesto que hubiera estado en vigencia el Estado de Emergencia no existían motivos para la detención de Marco Arana.Partiendo de la premisa que en Estado de Emergencia se puede detener sin previa orden judicial y sin flagrancia, siempre que se acredite que la razón de la detención de una persona tiene relación directa con la razón que sustento la declaratoria de emergencia, la establece que el hecho de portar un cartel en el pecho con la inscripción “agua si, oro no y basta de abusos”, brindar declaraciones a un pequeño grupo de periodistas frente a una iglesia y sentarse en la plaza de armas y un efectivo policial a cargo de su seguridad: “no pueden ser constitutivas de actos de violencia y alteración del orden público, así como tampoco de afectaciones al derecho fundamental a la libertad de reunión suspendido […] que a su vez hayan podido justificar razonablemente el acto restrictivo de detención del beneficiario […] sin que exista flagrancia delictiva y sin orden judicial”(f.j. 29).

4.- La detención de Marco Arana no resulta una medida necesaria y ponderada y en consecuencia constitucional. La Sala realiza el test de ponderación y señala que la mencionada detención no fue idónea para esclarecer el presunto involucramiento del beneficiario en la comisión de los delitos de disturbios y de resistencia a la autoridad […] la privación de la libertad del beneficiario no resultó necesaria para efectos de asegurar el deber estatal de perseguir eficazmente el delito, puesto que pudo haber recurrido a otro medio alternativo menos gravosos para alcanzar la finalidad anterior como es citar a la sede policial. […] Finalmente se aprecia que la detención fue desproporcionada en sentido estricto, toda vez que afectó en mayor grado el derecho fundamental a la libertad del beneficiario sin obtener una intensidad mayor de satisfacción del deber de persecución del delito para velar por el orden interno” (f.j. 32).
5.- El análisis de la ilegalidad y de la arbitrariedad de la detención. Esta es quizá la parte más sustancial de la demanda y la que marca una pauta importante en los futuros casos de habeas corpus similares. Distingue dos conceptos: la ilegalidad y la arbitrariedad de la detención, esta última con base en el artículo 7 numerales 2 y 3 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Para que una detención no sea ilegal ella debe haber sido realizada solo en los supuestos tipificados objetivamente y previamente (aspecto material), y ella debe ser ejecutada con estricta sujeción a los procedimientos objetivamente definidos (aspecto formal) (f.j. 33-35). Para que una detención no sea arbitraria esta debe ser realizada por métodos compatibles con el respeto a los derechos fundamentales por ser, entre otras cosas, irrazonables, imprevisibles, o faltos de proporcionalidad, injustas, inadecuadas o realizadas violando el debido proceso (f.j. 36). En este caso, puede ser que la detención sea legal, pero deviene en arbitraria, cuando hay un uso desproporcionado de violencia contra el detenido, tal como ocurrió con la detención de Marco Arana.
6.- Análisis de la detención de Marco Arana. La Sala concluye que la detención de Marco Arana fue ilegal, pues no concurrieron los supuestos de orden judicial y flagrancia, y que aun cuando hubiera habido Estado de Emergencia (f.j. 38). Asimismo, que la detención se realizó sin observarse los procedimientos previamente establecidos (f.j. 38). Asimismo concluye que la detención se efectuó “mediante el uso desproporcionado e inadecuado de la fuerza física por parte de los miembros de la Policía Nacional del Perú (al ser detenido, conducido al patrullero e introducido al mismo)”. Añade que “los actos de violencia física y tratos humillantes habrían continuado al interior de la dependencia policial y a los que se sumarían insultos por parte de efectivos policiales, agregando el hecho de que no se le habría informado y notificado oportunamente sobre las razones de su detención”(f.j. 41).
7.- Existencia de causa probable de comisión de delito. Finalmente, la Sala concluye que “concurren elementos probatorios objetivos, razonables y reveladores de la existencia de causa probable de la comisión de ilícitos penales, que sin vulnerar el principio de acusatorio permiten legitimar la actuación del titular de la acción penal, a efectos de iniciar una investigación de los hechos ocurridos […] con el propósito de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar, como consecuencia de la disposición y ejecución de la detención ilegal y arbitraria del beneficiario” (f.j. 47)
Definitivamente estamos ante una sentencia que marca un hito, en relación con la forma como los jueces deben resolver los procesos de habeas corpus de dirigente y activistas de derechos humanos, en contextos de protesta sociales. Lo fundamental en esta sentencia, es la argumentación y el test que realiza. Esta sentencia guarda una relación de continuidad con la sentencia expedida por el juez penal de Cusco, que declaró también  fundado el proceso de habeas corpus a favor de los trabajadores de la Vicaría de Sicuani que fueron detenidos arbitrariamente también por la policía.
Finalmente, no debemos olvidar que el problema está en que el Gobierno, antes que responder políticamente y preventivamente a las protestas sociales, muchas veces opta por el camino fácil de la respuesta penal represiva, que lo único que hace es sancionar penalmente la disidencia política y las voces -hoy- alternativas al Gobierno, y que no están de acuerdo con la forma como se viene resolviendo los problemas del país. Estamos seguros que sentencias como estas, si son adecuadamente difundidas y analizadas, pueden contribuir a reducir las detenciones arbitrarias, a través del control constitucional de las mismas. 

Cajamarca: 276 veces más cloro para purificar el agua.


NILTON DEZA
 
Desde que se empezó a aplicarse cloro gaseoso (u otros compuestos clorados) en el agua doméstica a finales del siglo XIX, las enfermedades gastrointestinales cayeron dramáticamente, siendo este elemento un gran inhibidor bacteriano. Sin embargo, en altas concentraciones es un tóxico poderoso para el humano.

La OMS reconoce que 0,5 partes por millón es un estándar para agua potable. Si hay algún uso industrial (lácteos i.e), se puede usar hasta 1,5 ppm. 

El debate del cloro es que para muchos académicos una de las peores catástrofes ambientales es haber liberado el cloro e introducido en la vida cotidiana.

El exceso de cloro es altamente cancerígeno (hoy mismo un diario hablaba de los niveles record que tenemos en Cajamarca con el cáncer al estómago)
La formación de trihalometanos es peligrosísima esa cantidad que se da, 276 veces sobre los lmp, significa que tenemos 138 ppm de cloro?  debe haber algún error, porque con esas concentraciones ya no tendríamos pobladores vivos en Cajamarca

Por otro lado, es verdad que "El Milagro" no fue diseñada para tratar aguas con alto contenido de sedimentos o metales pesados, porque en un sistema de flujo rápido, diferente al de Santa Apolonia. Dios salve a los que beben los desagües de Yanacocha a través del milagro. 


La directora de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental (DESA) en Cajamarca, Nanci Gomero Quinto, sostuvo que luego de realizar el monitoreo respectivo del agua potable en el distrito de Cajamarca, se ha encontrado una gran cantidad de observaciones como la presencia de Endosulfan (sustancia tóxica).
"La planta El Milagro, fue construida en los años 80 para un tratamiento de agua convencional y no para un tratamiento de químicos. El agua que se capta en su mayoría proviene del río Grande que tiene su origen en las propiedades de la empresa minera Yanacocha; en consecuencia, el agua ya no es convencional y la planta no está tratando el agua correctamente, señaló la funcionaria.
Asimismo la directora de la DESA expresó que Sedacaj está utilizando exageramente el cloro a tal extremo que se utiliza 276 más de la cantidad normal que se debería utilizar para purificar el agua convencional, concluyó.

domingo, agosto 26, 2012

Suspension de conga no la tragamos dicen los bambamarquinos


Reacciones: “Suspensión del proyecto minero  conga es un cuento hasta que demuelan a opositores, dirigentes y autoridades regionales, cuidado con minera Yanacocha y  el Gobierno Nacional”.
Bambamarca (Elqui Herrera).- El presidente del frente de defensa de la provincia de Hualgayoc  Lic. Eddy Benavides Ruiz dice que, la propuesta de suspensión del proyecto minero conga por minera Yanacocha no es de confiar que en complicidad con el gobierno de Ollanta Huamala pretenden ejecutar la construcción de reservorios mientras dure el lapsus del tiempo, ese cuento no lo tragamos, nosotros hemos acordado vigilar nuestras lagunas el tiempo que sea necesario por acuerdos de las masas  ronderas reveló.
Lo que si hay que destacar que el tiempo ha dado la razón a la región Cajamarca que el proyecto minero conga es inviable, la encuestadora Ipsos Apoyo da cuenta que el 78% de la población cajamarquina está en contra de la ejecución del proyecto, 83 por ciento de la población rural rechaza  el proyecto minero y solo el 15 porciento está a favor, esto demuestra que tenemos toda la razón de impugnar y criticar social, técnica, ambiental, legal y económicamente que es inviable.
Por su lado el alcalde provincial Hernán Vásquez Saavedra enfatizo que, todo eso es saludable la posibilidad de suspensión del proyecto conga, hemos avanzado el pueblo y seguiremos vigilantes, pero si es una estrategia de minera y el gobierno ese cuento no la tragamos, el pueblo seguirá vigilando sus lagunas puntualizó.
Por su parte el regidor Joel Ramírez advirtió que, la suspensión del proyecto conga es para demoler a los actuales dirigentes y autoridades y dividir a la población y buscar nuevos caminos para ubicar a personas traidoras como candidatos en las próximas elecciones y hacer la campaña políticas para garantizar que tenga licencia social para que exploten conga sin que nadie diga algo. Hay que ser cuidados no nos traguemos el cuento de minera yanacocha y el gobierno, el tiempo de suspensión quieren para la construcción de su campamento minero y los reservorios de agua que a la larga serán inservibles.
Finamente el presidente del frente de defesa del Distrito de la Encañada Ing. Arquímedes Micha Vásquez advierte que, los dirigentes y autoridades y población en general no dejarse sorprender, porqué la idea de minera Yanacocha y el gobierno de Ollanta Humala es ganar tiempo para la construcción de reservorios en toda la cordillera, mantengamos vigilantes nuestras cuencas, la minera yanacocha está tramando al parecer realizar proyecciones sociales y votar mucho dinero para dividir a la población y asegurar las nuevas autoridades y dirigentes de la región Cajamarca sean elegidas en forma amañadas en las próximas elecciones municipales y regionales para buscar el propósito de la licencia social que necesitan.
Micha, critico severamente al colectivo en Cajamarca que, se han arrimado a minera Yanacocha para lograr sus apetitos personales y políticos, pero el pueblo ahora les consideran como cadáveres políticos
El alcalde del centro poblado de la Colpa Florencio Llamoctanta Llatas aseguró que, suspensión del proyecto minero conga es un cuentazo, no debemos caer en el fuego de las mineras y el gobierno el tiempo permitirá que avancen construyendo sus reservorios, por eso mismo motivo tenemos que mantenernos alertas cuidando nuestras lagunas que esta ubicadas en más de 4 mil metros sobre el nivel mar.
Por otro lado el presidente de las rondas campesinas del centro poblado el Tambo Dino Ramos Palma confirmo que, la población de los 22 caseríos de la cuenca el Pomagon han acordado que semanalmente visitaran por caserío las lagunas en conga para vigilar y de esta manera frenar el avance de las mineras en la construcción de los reservorios, eso jamás lo verán primero muertos, conga no va ni hoy ni nunca arremetió.